sábado, 30 de abril de 2016

Trabajador@s del XXI



ARTÍCULO DE OPINIÓN
José Alonso Reyes.-
Asamblea local Iu Guadix

Trabajador@s del XXI

Si echamos la vista unos pocos años atrás, en España tener un empleo garantizaba a las personas que lo ostentaban unos ingresos mínimos con los cuales alcanzar unas condiciones de vida dignas; pero desde 2008 esta consecuencia lógica no se cumple por dos motivos fundamentales:
Por una lado, las sucesivas reformas han supuesto un menoscabo en los derechos laborales de l@s trabajador@s, por otro, la agresiva política de recortes sociales ha resquebrajado los cimientos del Estado del bienestar.
Este doble ataque a la prosperidad de las personas se intenta presentar, en demasiadas ocasiones, como si se tratase de una catástrofe natural sobrevenida e incluso como un castigo divino ante el cual no pudiéramos hacer nada; ante este hecho simplemente se nos  pide que callemos, acatemos y permanezcamos impasibles ante el dolor y el sufrimiento de las personas de nuestro entorno; pero la realidad no es esa, los recortes de derechos sociales y de libertades civiles son fruto de la toma de decisiones políticas, consecuencia lógica de las leyes de corte neoliberal en el terreno económico y neoconservador en el espacio social, que ha ido aprobando el gobierno durante la anterior legislatura.
Este cúmulo de decisiones políticas (reformas laborales,“ley mordaza”, reforma del artículo 135 CE…) han traído aparejado la aparición de un nuevos tipos de trabajador@s, como el/la trabajador /a pobre (o pauperizado) que podríamos definirlo como aquellas personas empleadas, que a pesar de sus ingresos laborales fijos, con sus rentas no superan el umbral de la pobreza. El número de trabajadores y trabajadoras pobres ha pasado desde el 11,7% en 2013 al 14,2% en 2014, esto simplemente demuestra que no cualquier trabajo protege de la pobreza. Esta cuestión es inseparable de la evolución creciente de la jornada parcial que, para el segundo trimestre de 2015, llega al 16% del total de ocupad@s[1].
En este mismo sentido, con la proliferación de los contratos temporales, nos encontramos ante otra nueva categoría de trabajad@r, el precariado, que abarca a todo aquel trabajad@r que va encadenando contrato temporal tras contrato temporal (con suerte) a veces de semanas, o bien épocas de trabajo con otras de desempleo, empleos en demasiadas ocasiones mal remunerados, en los cuales no se suelen respetar las condiciones de los contratos y puede resultar complicado ejercer derechos como el de sindicación.
Indudablemente siempre ha existido el trabajo temporal, la diferencia como dice Guy Standing autor del libro El Precariado, “es la adaptación de las expectativas vitales a un empleo inestable y a una vida inestable.Además este precariado debe de invertir demasiados esfuerzos durante los periodos de alternancia entre empleos en la búsqueda del nuevo puesto de trabajo, por ejemplo rellenando una infinidad de papeles en trámites burocráticos que en demasiadas ocasiones no conducen a nada, inscribiéndose en gran cantidad de portales de internet, o siendo obligado a reciclarse por medio de innumerables curso de formación, ya que las habilidades y conocimientos que adquiere en un empleo a menudo no son compatibles con las requeridas para el siguiente empleo.
Junto a estas dos figuras no podemos olvidar la del  falso autónomo;  bajo esta definición encontramos a tod@s es@s trabajador@s que aunque formalmente parecen autónom@s, en realidad tienen todas las características de un trabajador/a por cuenta ajena debido a que, en la práctica, presta sus servicios en el marco de una única empresa sometido a horario, órdenes, etc. de un empresari@; al fin y al cabo se trata de un trabajador/a deslaboralizado, esto es, sin derechos y fuera de la protección que puede ofrecer el Estatuto de los Trabajadores y de las normas convencionales.
Esta nueva realidad del mercado de trabajo debe ser rechaza y después transformada, para esta tarea urge un cambio en la política económica que ponga en el centro de sus preocupaciones la creación de un empleo de calidad, con medias concretas en el ámbito económico como, entre otras, el incremento del salario mínimo interprofesional, un plan de choque por la creación de empleo, la igualdad salarial entre hombres y mujeres, una reforma fiscal progresiva y, por supuesto, la derogación de la “ley mordaza” y la eliminación del artículo 315. 3 del Código penal.


[1] Datos obtenidos del informe elaborado por European Anti Poverty Network – EAPN (Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social) publicados y consultados el 20/04/2016 en: http://www.eapn.es/datos_pobreza.php